Sabías qué…unanimidad
Sabías qué los acuerdos por unanimidad deberán tomarse en Junta y se deben notificar a los ausentes. Estos, tendrán un plazo de 30 días naturales para manifestar su voto en contra. En caso de «silencio» este se considerará como voto a favor de los acuerdos adoptados.
Una situación habitual donde se presenta este tipo de acuerdo es a la hora de modificar las cuotas de fijas a por coeficientes. También cuando se quiere modificar el Título constitutivo.
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