Debido a la situación que nos encontramos en la actualidad, nos vemos en el deber de recordar a todos, las obligaciones y recomendaciones sanitarias relacionadas con el uso de la mascarilla en las comunidades de propietarios.
Estas medidas están reguladas en Art. 1 del Real Decreto-ley 30/2021, del 23 de diciembre (BOE 23/12/2021) por el que se se adoptan medidas urgentes de prevención y contención para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Uso obligatorio de mascarilla en espacios cerrados
Se mantiene la obligación el uso de mascarilla en los espacios cerrados de las comunidades tales como portales, garajes, ascensor, escalera, zona de trasteros, aseos y vestuarios de las piscinas o salas comunes. Aunque desde hace poco tiempo, vuelve a ser obligatorio su uso en exteriores, esta norma respecto a lugares cerrados seguía vigente.
Ascensores
Hay que tomar especial precaución a la hora de usar el ascensor. Lo ideal es utilizar mascarilla siempre, incluso cuando se viaje solo. Estos, son espacios reducidos y con escasa ventilación por lo que las partículas podrían permanecer allí durante horas.
Espacios abiertos
Será necesario utilizar la mascarilla en los espacios abiertos tales como zonas ajardinadas, parques o piscinas. Y no olvides mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros en la medida de lo posible.
Es conveniente que sigamos extremando precauciones en aras de conseguir superar esta situación. Gracias por tu colaboración.
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